4 m – 70 MHz (70.15 – 70.25 MHz)
Atribución: |
Autorizada |
Uso: |
10 W P.R.A. máximo |
Notas: |
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Frecuencia (MHz) |
Usos: |
Notas: |
70.150 – 70.250 |
Todos los modos |
70.200 MHz: Centro de actividad SSB/CW |
- Las frecuencias mostradas son las frecuencias de emisión, no las de portadora suprimida.
- El modo de emisión para banda lateral única es USB.
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Notas del CNAF
UN – 132 Banda de frecuencias 68-87,5 MHz
Plan de utilización de la banda 68 a 87,5 MHz para el servicio móvil.
En la figura 33 se indica el plan de utilización de esta banda para los servicios de radionavegación aeronáutica, fijo de banda estrecha y móvil.
En la misma se establecen bloques de canales para usar a dos frecuencias (A1-A2 y B1-B2) con separación Tx/Rx de 9,8 MHz, un bloque de frecuencias atribuido al servicio de radionavegación aeronáutica (RNA) y dos bloques de utilización a una sola frecuencia (SA y SB) de acuerdo con la Recomendación T/R 25-08 de la CEPT, todos ellos para ser usados con canalizaciones de 12,5 kHz y excepcionalmente de 25 kHz en casos debidamente justificados.
Excepcionalmente por necesidades de espectro, podrán utilizarse las bandas de frecuencia 68,0 a 69,2 MHz, 74,2 a 74,8 MHz, 77,8 a 79,0 MHz y 84,0 a 84,6 MHz para usos simplex.
La banda de frecuencias 70,150-70,250 MHz podrá ser utilizada por el servicio de aficionados con carácter secundario y con las condiciones técnicas establecidas en el anexo I al Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por radioaficionados, aprobado por Orden IET/1311/2013, de 9 de julio.
La utilización de las siguientes frecuencias 71,325 MHz, 71,375 MHz y 71,775 MHz tendrá la consideración de uso común siempre que se usen equipos con potencia radiada aparente (p.r.a.) inferior o igual a 10 mW.